miércoles, 29 de abril de 2015

Transparencia y voto informado


Marco Antonio Baños

El jueves 16 de abril se concretó la aprobación de la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Congreso, con lo que partidos políticos deberán entregar datos y registros específicos de sus gastos y actividades a cualquier persona que se los pida directamente, sin intermediación de la autoridad electoral como había venido sucediendo hasta ahora.

Se abre con ello el horizonte de apertura y de fuentes a las que pueden acudir ciudadanas y ciudadanos para allegarse de información y valorar el comportamiento de los recursos públicos con detalle, no sólo en el caso de gobiernos e instituciones, también de partidos.

En las llamadas nociones mínimas de teóricos de la democracia como Dahl, Sartori o Bobbio, es imperativo garantizar condiciones que permitan el flujo de información sobre las ofertas que compiten por el poder, a través de diversos instrumentos y no sólo a partir de coberturas periodísticas o promocionales propagandísticos, ni agotando el escrutinio colectivo sobre el quehacer político a periodos de campaña. Se trata de garantías para la deliberación a partir de información que deben permanecer activas en todo tiempo y con puertas anchas.

Desde esa perspectiva el nuevo modelo de transparencia avalado ya por las y los legisladores propiciará una vía más expedita y con criterios homogéneos para que cualquier persona pueda, además de consultar la información que debe colocarse en Internet sin que medie solicitud, realizar peticiones específicas que pongan luz con mayor eficacia a los registros en poder de partidos locales y nacionales, y en caso de no haber respuesta, un órgano autónomo a nivel nacional especializado en esa materia (el IFAI) podrá ordenar que se proporcione la información.

Los diseños normativos no se aplican en automático sólo por existir y la recién aprobada ley de transparencia, aunque tiene un enorme potencial para brindarle a las y los electores herramientas de evaluación que les permitan razonar su voto, necesitará tiempo y esfuerzos adicionales para incorporarse en rutinas de electores-solicitantes que poco a poco encuentren en la transparencia y el derecho de acceso a la información una vía para acercarse a los partidos, candidatas y candidatos, observar con detalle su desempeño y así, junto con otros insumos, tomar la decisión de otorgarles o no su confianza.

El arraigo de este derecho, que tuvo un auge virtuoso en México durante la primera década del siglo XXI, es sólido en base constitucional y legal, pero es fundamental incrementar su ejercicio ciudadano.

El año pasado, el entonces IFE (hoy INE) recibió 3,474 solicitudes de información, de las cuales sólo 697 tenían relación con los partidos políticos nacionales. Sin embargo, durante el 2012 (año electoral) fueron 1,867, muy por encima de las 373 que hubo en el 2008, lo que muestra incrementos alentadores en época electoral, pero que todavía están muy lejos de reflejar un ejercicio masivo del derecho de acceso a la información como rutina de evaluación recurrente de votantes.

La transparencia no va a traducirse en insumo del voto informado si no hay un proceso previo de apropiación y promoción de sus beneficios.

En la medida en que se incorpore el ejercicio de este derecho, aumentará la calidad de los procesos de toma de decisiones antes de acudir a las urnas.

Darle vigencia a las leyes de transparencia no depende sólo de su fortaleza jurídica, ni siquiera de la buena voluntad o el respeto irrestricto a sus disposiciones por parte del Estado o los partidos políticos, sino de un complejo proceso de arraigo en la cultura cotidiana de las sociedades que aspiran a una mayor calidad de la convivencia, con decisiones informadas mediante su uso como esquema de evaluación individual, que ayude a construir exigencia y decisiones colectivas al momento de elegir representantes populares.

Asumir la transparencia y el acceso a la información como un gran aliado del voto informado y libre es la posibilidad que ahora tenemos todos.

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